La
Corte Suprema ratificó la denominada doctrina de la “real
malicia”, que brinda protección a periodistas y medios de
comunicación ante las ofensivas judiciales. El máximo tribunal
también destacó el valor de la crítica a los funcionarios
públicos y del periodismo de investigación en un sistema
democrático. Especialistas alertan por la no aplicación
de estos preceptos en tribunales inferiores y en las justicias provinciales
La libertad de expresión, y el derecho a informar y ser informado,
está garantizado por la Constitución nacional. Constituye
el plafón a partir del cual los medios periodísticos pueden
sacar a la luz casos de corrupción que atentan contra la transparencia
de la función pública y opinar libremente sobre los hechos
que atañen a la realidad cotidiana.
Pero en nuestro país, pese a los avances legislativos logrados
desde el retorno a la democracia, existen numerosos casos que demuestran
la presión del poder político y económico sobre medios
y periodistas independientes, que por lo general se manifiesta a través
de distintas ofensivas judiciales.
La Corte Suprema de Justicia ha tomado cartas en el asunto. Y la semana
pasada se conoció un fallo (caso Patitó José Angel
y otro c/ Diario La Nación) que fue calificado, por los expertos,
como el más importante de la década en materia de derecho
de la comunicación.
¿De qué se trata? Por primera vez todos los integrantes
del máximo tribunal ratificaron la denominada “Doctrina de
la real malicia”: postula que no hay responsabilidad de un periodista
al publicar opiniones o informaciones que puedan resultar inexactas, en
temas de interés público, si no se prueba el dolo o la culpa
del presunto autor de ese hecho ilícito.
El fallo del máximo tribunal también destacó el valor
de la crítica a los funcionarios públicos y el periodismo
de investigación en un sistema democrático. De esta manera,
la Corte Suprema revocó una decisión de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Civil que condenó al diario a indemnizar
a médicos forenses por un editorial publicado en octubre de 1998.
Pese a que el origen de esta doctrina se remonta al año 1964, con
un fallo de la Justicia norteamericana que involucró al diario
New York Times, los especialistas alertan que en nuestro país,
especialmente en los tribunales de primera instancia y las justicias provinciales,
existe un desconocimiento de los alcances de la doctrina. Esto permitió
que se instalara una industria del juicio que es aprovechada por algunos
abogados y personajes del poder para presionar a los medios independientes
y ganar dinero.
“Si bien la Corte en varios fallos había avalado la doctrina
de real malicia, lo hizo en forma parcial. Pero ahora es la primera vez
que se convalidó por unanimidad. La Corte considera que los periodistas
y toda persona, cuando ejercen la libertad de expresión, no incurre
en un hecho ilícito si formula apreciaciones que descalifican a
funcionarios públicos o figuras públicas, a menos que se
esté obrando con dolo o con una manifiesta imprudencia”,
le dijo a Hoy el destacado constitucionalista Gregorio Badeni.
El especialista alertó que aún resta mucho por hacer para
que esta doctrina sea correctamente aplicada por los tribunales inferiores
y por las justicias provinciales, donde suelen hacerse más marcadas
las influencias del poder político.
“Lamentablemente la mayoría de los jueces no conocen la doctrina
de la real malicia. Y hasta algunos opinan que es una doctrina foránea,
cuando cumple a la perfección con lo que establece nuestra Constitución”,
dijo Badeni.
El especialista consideró que la Argentina tiene una legislación
de avanzada en lo que hace a la libertad de expresión. “Yo
creo que estamos en un segundo lugar, después de Estados Unidos.
Por ejemplo, en nuestra legislación no existe el delito de opinión,
como en otras naciones. Por ejemplo, en Turquía, si una persona
menciona que hubo un genocidio armenio, incurre en un delito. Y lo contrario
sucede en Francia: incurre en delito aquel que niega el genocidio armenio”,
relató Badeni.
Por su parte, Hernán Gullco, de la Asociación de Derechos
Civiles, destacó a Hoy la importancia del fallo de la Corte Suprema
de Justicia al considerar que “hubo un antecedente en el año
2003, pero no se sabía cuál era la postura de los actuales
integrantes del máximo tribunal respecto a la doctrina de la real
malicia. Y lo más importante es que fue ratificada por unanimidad”.
“A partir de ahora, aquellos que quieran demandar a los periodistas
deberán tener pruebas certeras no sólo de que incurrió
en un error en su publicación, sino también de que lo hizo
maliciosamente y que conocía de antemano la no veracidad de la
información que publicaba”, destacó Gullco. Todo indica
que se avecina una nueva etapa en el derecho de la comunicación.
Fuente: Diario Hoy (La Plata)
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