En el Congreso entonces se deben cumplir los dos pasos. Producida la sanción de la norma, se eleva al Poder Ejecutivo que puede promulgarla o vetarla.
No puede ser posible que otro ordenamiento jurídico en la República tenga el privilegio de que un solo Poder, con la firma del presidente y sus ministros, funcionarios dependientes, puedan sancionarlo, ya que actualmente, como es público y notorio, dicho decreto mantiene su vigencia si el Parlamento no lo trata, o si tan solo un tercio de una sola de las cámaras lo decide.
Se encuentran presentadas en los últimos años, por iniciativa de los representantes de casi todos los espacios políticos que integran el Congreso, múltiples propuestas que modifican esta privilegiada metodología.
Sin entrar en disgregaciones jurídicas sobre normas que requieren una votación especial, por ejemplo, cuestiones electorales, juicio político, nombramientos de embajadores e integrantes del Poder Judicial, etc., consideramos que hay que aplicar el sentido común, que hoy falta en muchos lugares de la vida política del país.
Que se escuche la voz del Papa pronunciadas recientemente en ese sentido, y que se tenga en cuenta la decadencia en que caímos como consecuencia de los actos de violencia ocurridos en nuestra patria, y que ya hemos vivido.
Ex Senador Nacional (UCR – CABA)



