Viernes, 08 Octubre 2021 10:28

¿El primer jefe de Gabinete que cumple con la Constitución nacional? - Por Sergio Berensztein

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Muchos observadores se sorprenden por la dinámica que caracteriza la gestión del Gobierno desde la incorporación de Juan Manzur como jefe de Gabinete de Ministros (JGM). Algunos lo vinculan con ese estilo más activo, casi hiperquinético, que despliega el reemplazante de Santiago Cafiero.

 

Otros, con el repliegue o desplazamiento de Alberto Fernández, que perdió desde la caída en las PASO protagonismo en la gestión y en la comunicación del Gobierno. 

Existe cierto consenso en que el peronismo tradicional, representado en las figuras de los gobernadores norteños y los intendentes del conurbano, decidió –o se vio obligado a– asumir responsabilidades de primer orden en los gobiernos nacional y de la provincia de Buenos Aires, no solo por el sorpresivo resultado electoral, sino sobre todo por las fuertes disputas en el corazón del FDT, en especial entre el Presidente y su vice: la peor derrota electoral de un gobierno peronista que no había sufrido divisiones importantes ponía en duda no solo la suerte en las generales del 14 de noviembre, sino también la gobernabilidad en los dos años restantes de gestión. Más: la “marca” peronista podía resultar dañada si los pronósticos más agoreros respecto de la situación económica se confirmaran y una inevitable corrección macroeconómica ocurriera en lo que queda de la actual administración: sería la primera vez desde el recordado Rodrigazo (mediados de 1975) que un peronismo gobernante estaría forzado a asumir las consecuencias de los desequilibrios acumulados por las políticas populistas implementadas por decisión propia.

Es necesario debatir más a fondo esta cuestión desde una perspectiva institucional: lo que estamos observando en las últimas tres semanas puede ser llamativo por la rápida centralidad que logró Manzur, pero es exactamente lo que buscaban los constituyentes de 1994 cuando incorporaron la figura del JGM, cuyas funciones y atributos están definidos en los artículos 100 y 101. Entre ellas, destacan las siguientes: ejercer la administración general del país (art. 100 inc. 1); ejercer las funciones y atribuciones que le delegue el presidente de la Nación (art. 100 inc. 4); coordinar y convocar las reuniones de gabinete, presidiéndolas en caso de ausencia del presidente (art. 100 inc. 5) y hacer recaudar las rentas y ejecutar el presupuesto nacional (art. 100 inc. 6). Más que sorprendernos del papel que ejerce Manzur, convendría reflexionar por qué sus predecesores nunca asumieron en la práctica el rol que se les confería. La respuesta es obvia: la tradición hiperpresidencialista es tan fuerte en nuestro país que eclipsó este intento de morigerarla con la creación de esta nueva figura que, por primera vez en un cuarto de siglo, por fin parece desempeñar la totalidad de las responsabilidades previstas en el texto y el espíritu de la CN.

Recordemos que algunos constituyentes de 1994, particularmente el Dr. Raúl Alfonsín (influido por las ideas del Dr. Carlos Nino, un gran constitucionalista y filósofo del derecho que había fallecido un año antes), pretendían un diseño institucional más audaz: un sistema semiparlamentario similar al formato de la 5ª República francesa. Buscaban generar una suerte de fusible en caso de crisis para preservar la gobernabilidad democrática: que en circunstancias en las que sufra un debilitamiento la autoridad presidencial, el JGM pudiera tener los recursos políticos e institucionales como para sostener el gobierno y garantizar la estabilidad política. De este modo, instauraron una suerte de híbrido entre un sistema que continúa girando alrededor del presidente y un JGM que aspira a moderar esos atributos y complementar al titular del Poder Ejecutivo en casos de crisis o debilidad. Esto quedó plasmado en el artículo 101 de la CN, que establece que el JGM “puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las cámaras”. Este es el mecanismo que establece la CN para que el JGM sirva de “fusible” y permita reequilibrar un gobierno para dar cuenta de cambios significativos en el balance de poder, por ejemplo, luego de una derrota electoral. Como sugirió Rosendo Fraga, Santiago Cafiero podría haber sido desplazado de su cargo de ese modo, en vez de haber sido una de las víctimas de la famosa carta pública de la vicepresidente, socia principal del FDT, Cristina Fernández de Kirchner, quien fuera sin embargo constituyente en Santa Fe en representación de la provincia de Santa Cruz. Asimismo, es de esperar que Juan Manzur cumpla con el conjunto de las obligaciones que dispone la CN, fundamentalmente concurrir al Congreso una vez por mes para informar alternativamente a cada una de las cámaras (art. 101), así como asistir a las sesiones y participar del debate, pero no votar (art. 100 inciso 9).

Otros JGM intentaron cumplir con la plenitud de sus funciones. Como Rodolfo Terragno durante la primera etapa del gobierno de Fernando de la Rúa. Había reemplazado al pampeano Jorge Rodríguez, político de bajo perfil que había sobrevivido durante la segunda presidencia de Carlos Menem, la primera con la nueva Constitución, precisamente por su capacidad para amoldarse a su estilo y tolerar el protagonismo político y mediático de otros colegas de ese gabinete. Terragno pretendió jerarquizar la posición del JGM, pero fue en buena medida víctima de la disfuncionalidad de la Alianza y de la resistencia de muchos actores a acotar el papel del presidente. Muchos corresponsales acreditados en la Casa Rosada aún recuerdan las tempraneras conferencias de prensa de Alfredo Atanasof, el segundo JGM durante el interregno de Eduardo Duhalde, quien tampoco llegó a adquirir la relevancia de Manzur. ¿Tiene eso que ver con su estatus de gobernador en uso de licencia? Jorge Capitanich, breve predecesor de Atanasof, volvió a desempeñarse como JGM durante la segunda presidencia de CFK, cuando reemplazó a Juan Manuel Abal Medina luego de la derrota electoral de 2013 (hecho al que Cristina se refirió en su carta para justificar el desplazamiento de Cafiero: el que pierde paga con su cargo, como ocurrió con Sergio Massa luego del fiasco de las candidaturas testimoniales en 2009).

Manzur está llenando un vacío de poder generado por el quiebre en el vínculo político y personal entre presidente y vice, quienes a la vez se habían alejado durante la pandemia de los gobernadores a quienes en buena medida les debían el triunfo de su fórmula. La debacle electoral de las PASO forzó a Cristina a aceptar lo inevitable: los únicos con capacidad de auxiliar a quienes, junto a ella, son los dos grandes derrotados, Alberto y Kicillof, eran los peronistas con manejo territorial que acababan de ratificar sus credenciales con triunfos resonantes en sus respectivos distritos. Sin embargo, mientras el JGM tiene sobrados poderes conferidos por la CN para socorrer y en alguna medida compensar la actual levedad presidencial, eso no ocurre en la provincia de Buenos Aires. Allí, Martín Insaurralde deberá lidiar con un gobernador que sigue renuente a aceptar su nueva y dura realidad y carece de restricciones institucionales que lo convenzan. Tal vez eso explique el hecho de que otros intendentes siguen poblando su gabinete y controlando más recursos políticos y presupuestarios. El poder real, a menudo, se impone a los mecanismos institucionales.

Sergio Berensztein

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